El mobbing es un proceso que se desarrolla de manera continuada y progresiva
que tiene como punto de partida la acción ejecutada de manera deliberada por el
hostigador que puede ser iniciada por él y luego continuada de manera conjunta
por el resto de los integrantes de la organización. Ello obedece a que el
hostigador continuamente necesita justificar su accionar de manera elocuente y
eficiente frente a los demás compañeros de trabajo de la víctima del mobbing. (1)
HIRIGOYEN considera al mobbing como "todo comportamiento abusivo que atenta por
su repetición y sistematicidad contra la dignidad o a la integridad psíquica o
física de una persona, poniendo en peligro su empleo o degradando el clima de
trabajo; supone un comportamiento moral de acoso psicológico".(2) Por su parte
PINUEL afirma que el mobbing o acoso psicológico en el trabajo consiste en
continuado, deliberado y degradante maltrato verbal y moral que recibe un
trabajador por parte de otro u otros compañeros, subordinados o jefes, que se
comportan con él cruelmente con vistas a lograr su aniquilación o destrucción
psicológica y a obtener asÍ su salida de la organización a través de diferentes
modalidades ilícitas". (3)
Sin dudas uno de los objetivos propios del mobbing es la exclusión definitiva
del trabajador del mercado laboral debido a los efectos destructivos que
repercute en la integridad física y moral del trabajador, convirtiéndolo en un ser
incapaz de desarrollar otra actividad laboral. (4)
En cuanto a las características propias del mobbing o acoso moral en el derecho
laboral, son las siguientes:
1-Es un proceso prolongado y de larga duración en el tiempo.
2-Tiene como punto de partida la sorpresa o desconcierto de la víctima, sin
entender que es lo que le está pasando.
3-El objetivo o finalidad del mobbing es la exclusión definitiva del trabajador
del mercado laboral.
4-La utilización de estrategias perversas de parte del hostigador y de los demás
integrantes de la organización.
5-Es un proceso que puede ser iniciado por el propio hostigador pero luego ser
continuado de manera conjunta por los demás integrantes de la organización.
INFORMES Y CONTACTO:
Dirección: CARHUE 83, P1 OF3, Liniers, Cap. Fed.
Tel/Fax: 4641-2922 o al 2054-4151
E-mail: garbarino.abogados@gmail.com
Días y Horarios de Atención:
Lunes a Viernes de 14 a 18 hs.
*****Recuerde: Consulta e inicio s/cargo*****
Tel/Fax: 4641-2922 o al 2054-4151
E-mail: garbarino.abogados@gmail.com
Días y Horarios de Atención:
Lunes a Viernes de 14 a 18 hs.
*****Recuerde: Consulta e inicio s/cargo*****
miércoles, 25 de marzo de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)





1 comentarios:
soy victima de mobbing desde hace dos años. soy funcionaria de enseñanza. ya he mandado una "denuncia" a mi inspector, pero no hace caso. El/la directors siempre tiene razon. ¿puedo hacer algo' ¿donde dirigirme? gracias
Publicar un comentario en la entrada