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miércoles 12 de agosto de 2009

TELEMARKETING INSALUBRE

¿Cuándo corresponde la jornada laboral reducida?

La reducción de la jornada máxima legal solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o Convenios Colectivos de Trabajo.
Estos últimos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima en base a promedio, de acuerdo con las características de la actividad (en general se trata de casos de actividades insalubres -por ejemplo: telemarketing)
(Artículo sustituido por Art. 25 de la Ley N° 24.013 B.O. 17/12/1991)

La jornada de trabajo en tareas o condiciones declaradas insalubres no podrá exceder de seis (6) horas diarias o treinta y seis (36) semanales. La reducción de jornada no importará disminución de las remuneraciones

Es decir, el empleado debe cobrar como si laborara la jornada completa, y no un proporcional como la mayoría de las empresas liquida en sus haberes a sus empleados.-

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Estoy averiguando sobre el tema y no encuentro ningún fundamento real a lo de la insalubridad, la ley que todos mencionan no dice que sea un trabajo insalubre el de los call center. Ademas un amigo telefónico cuando me lo explico me dijo que salia de un convenio colectivo de su gremio y yo estoy en comercio!!! obvio que es insalubre pero de donde sale? puedo reclamar. Trabajo en Bosch argentina y vendo internet para Vodafon España.